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Prófugo Inhabilitado NO puede usar canal del Estado

Prófugo Inhabilitado NO puede usar canal del Estado Alberto Fujimori fue inhabilitado mediante la sentencia del Tribunal Constitucional EXP. Nº 3760-2004-AA/TC en la que se sostiene: que el inhabilitado no puede fundar, organizar, pertenecer o representar a una organización o partido político, movimiento o alianza, y que tampoco dicha persona no puede hacer uso del espacio gratuito otorgado de acuerdo al artículo 41º de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos.

Los congresistas Anel Townsend, Heriberto Benitez y Walter Alejos, se reunieron con la Presidenta de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Magdalena Chú Villanueva, y posteriormente, al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Enrique Javier Mendoza Ramírez para solicitar el cumplimiento de dicha sentencia del Tribunal Constitucional sobre la inhabilitación de Alberto Fujimori, aprobada por el Congreso de la República mediante la Resolución Legislativa N.º 018-2000-CR.

Dicha sentencia del Tribunal Constitucional se refiere a que “la inhabilitación política despliega sus efectos sobre los derechos políticos que son aquellos mediante los cuales los ciudadanos participan en la formación y dirección de las actividades del Estado; son, por tanto, derechos que permiten a los ciudadanos participar en la vida política y pública”

“Todos los organismos públicos están obligados a cumplir la sentencia de febrero de este año que señala que Alberto Fujimori está inhabilitado de participar en el sistema político, y, si no puede ejercer actividad partidaria menos puede acogerse a la Ley de Partidos Políticos que permite franjas electorales o espacios políticos gratuitos. Es distinto que se presente por vía satélite o mediante videos o entrevistas grabadas en programas que le quieran dar tribuna, pero no puede acogerse a los beneficios de la Ley mencionada”,sostuvo Townsend.

“FUJIMORI ES UN PRÓFUGO DE LA JUSTICIA Y NO UN PERSEGUIDO POLÍTICO”

Anel Townsend aclaró que la inhabilitación política de Alberto Fujimori, no es producto de una persecución política, como señalan sus defensores, sino que se le inhabilitó porque fugó del país cuando tenia que responder por graves acusaciones que abarcan desde crímenes de lesa humanidad como los ocurridos en La Cantuta y Barrios Altos, y la fuga de millones de dólares que ha afectado al país.

FUJIMORI NO PUEDE USAR EL CANAL DE ESTADO Y DE HACERLO NUEVAMENTE PODRÍAN PRESENTAR UNA ACCIÓN JUDICIAL DE CUMPLIMIENTO CONTRA LA PCM

“Debemos destacar que el Poder Ejecutivo es un poder del Estado y el punto 28 de la sentencia le da obligatoriedad de cumplimiento, sólo basta la voluntad política para que la Presidencia del Consejo de Ministros informe al canal del Estado que esta sentencia es de cumplimiento de no hacerlo estaría incurriendo en el incumplimiento de una sentencia. El Poder Ejecutivo tiene una arma legal, que no es de persecución política, para cumplir con la sentencia”

Foto La Repùblica

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