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Proponen priorizar agenda Anticorrupcion en el Congreso

La congresista Anel Townsend y otros parlamentarios manifestaron su extrañeza porque hasta la fecha no se ha emitido dictamen sobre más de veinte proyectos de ley de reforma constitucional que proponen la modificación del artículo 41 de la Constitución Política del Perú, para que los delitos de corrupción cometidos por funcionarios no prescriban.

“El Congreso debe adquirir un compromiso que en lo que falta del periodo parlamentario se pueden lograr dos votaciones para alcanzar esta reforma constitucional, y así, este Parlamento le entregue a la ciudadanía un instrumento de lucha contra la corrupción”, señaló Townsend.

Asimismo, solicitan debatir dos dictámenes que apoyan la lucha contra la corrupción como son los referidos a: la sanción a los jueces y fiscales que incumplan los plazos legales en los procesos judiciales. “En este caso como se requiere doble votación solicitamos que se incluya en el pleno del 26 de julio para que se de la primera votación, y así en la otra legislatura que se inicia el 28 de julio se daría la segunda votación”, sostuvo la parlamentaria.

Agregó que el otro dictamen que debe ser tratado con prioridad en la próxima legislatura es el que propone la Ley de probidad del Sector Educación con la finalidad de articular la acción de prevención y control del Estado con el de los Órganos de Participación y Vigilancia en las distintas instancias de gestión descentralizada para garantizar la probidad, transparencia y rendición de cuentas de la gestión educativa en el marco de los fines y principios de la educación peruana.

Respecto a la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, cabe resaltar que el pasado 18 de mayo Townsend y más de diez parlamentarios solicitaron al Presidente del Congreso dar prioridad al debate del dictamen que surja de la Comisión de Constitución. Asimismo, solicitaron al Presidente de dicha Comisión, Aurelio Pastor priorizar el debate de los proyectos de ley presentados sobre este tema.

“En mayo pasado solicitamos al Presidente del Congreso, Dr. Antero Flores Araoz, un pedido de priorización del debate del dictamen que surja de la Comisión de Constitución del proyecto de ley de reforma constitucional que propone la modificación del artículo 41 de la Constitución Política del Perú, para que los delitos de corrupción cometidos por funcionarios no prescriban, considerando que existen 29 parlamentarios y parlamentarias que hemos presentado proyectos de ley similares o se han adherido a los presentados”,
sostuvo Townsend.

Ese mismo día, el Presidente del Congreso de la República, el doctor Antero Flores Araoz, junto con la congresista Anel Townsend y otros parlamentarios solicitaron al Presidente de la Comisión de Constitución dar prioridad al debate de este tema con el objeto de que pueda ser implementada como parte de la defensa del Estado frente a la corrupción. Asimismo, el titular del legislativo se comprometió asimismo poner como primer punto de agenda del Pleno el debate de dicho dictamen una vez que cumpla una semana de ser presentado y publicado en el Portal como lo señala el Reglamento del Congreso de la República.

Es importante mencionar que esta iniciativa legislativa fue aprobada, anteriormente, dentro del paquete de Reformas Constitucionales que se habían encargado a dicha Comisión en el año 2002, y que quedaron ser debatidas en el Pleno. Sin embargo, con la suspensión del debate de estas reformas, el proyecto de ley para la no prescripción de los delitos de corrupción también quedó de lado.

La parlamentaria recordó a la prensa junto con el Comité promotor de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, iniciaron una campaña que contó con el respaldo y la adhesión al proyecto de ley de reconocidas personalidades como: el Presidente Regional de Lambayeque, Yehude Simon, el reconocido pintor Fernando de Szyszlo, el Procurador Ad Hoc para el caso Fujimori Montesinos, Antonio Maldonado, junto con los Procuradores Adjuntos, Eduardo Gutierrez y Juan Carlos Portocarrero, el Contralor General de la República, Genaro Matute, y Michael Azcueta de Confianza Perú.

Congresista Anel Townsend sustentó Demanda de Inconstitucionalidad contra la Ley de Arresto Domiciliario Nº 28568

En su calidad de apoderada sustentó los fundamentos de hecho de la demanda de incostitucionalidad contra la Ley Nº 28568, que modifica el Código Penal y establece que la detención domiciliaria será computable a razón de un día al igual que la detención preventiva.

Demanda fue presentada el 08 de Julio

Cabe resaltar que dicha demanda fue presentada el pasado ocho de julio y contó con la firma de más de treinta congresistas. Mediante la demanda se solicita que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional la mencionada ley y la expulse de la legislación nacional, declarando nulo, asimismo, todo sus efectos durante su vigencia en el tiempo.

Ley iba en contra del principio de igualdad

La demanda presentada señala que el derecho a la igualdad ante la ley previsto en el numeral 2 inc. 2, ya que es una máxima no solo tratar igual lo igual sino también tratar desigual lo que es desigual. De tal modo que al ser desiguales en incidencias la detención preventiva con la detención domiciliaria también deben tener un tratamiento si bien en conjunto, pero diferenciados, puesto que unas personas por el mismo delito, podrán computar para una eventual condena el hecho de haber pasado el tiempo en su domicilio con quienes deben estar en las cárceles.

Ley Nº 28568. vulnera el principio del régimen penitenciario

De igual modo, vulnera el principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, estatuido en el artículo 139 inc. 22 de la Lex Legum, ya que no se podrían cumplir dichos fines en un domicilio, al menos ese no es el medio que viabiliza el estado democrático.

Fundamentos de Hecho y de derecho

Los fundamentos jurídicos de la demanda estuvieron a cargo del doctor Javier de Belaúnde y el ex Procurador Luis Vargas Valdivia. Junto con la congresista Anel Townsend, el parlamentario Heriberto Benitez sustentó los fundamentos de hecho de la demanda.

Townsend destacó la necesidad de apelar al Tribunal Constitucional por parte de más de 30 congresistas firmantes de la acción para que declare inconstitucional la Ley Nº 28568 puesto que la derogatoria de la misma no es suficiente para evitar el daño que esta norma le ha causado al sistema anticorrupción.

Sustentó este concepto al indicar que aunque la ley ya no este vigente, los jueces podrían aplicarla a favor de quienes aprovecharon su vigencia de seis días. En cambio si el Tribunal Constitucional declara su inconstitucionalidad esto significaría que estuvo vigente pero que no valdrían sus efectos puesto que colisiona con la Constitución.

Anel Townsend no voto por la ley

Cabe recordar, que Townsend no estuvo presente en la votación del Pleno del Congreso cuando se aprobó la mencionada norma ya que estaba con licencia justificada porque se encontraba en el XXXV periodo de sesiones de la Asamblea General de la OEA, realizado en Fort Lauderdale, USA sustentando la resolución “El papel de los poderes legislativos en la lucha contra la corrupción y la impunidad en el Hemisferio”, que precisamente promueve la lucha contra la corrupción en los países miembros de la OEA.

19 de julio plantón contra la impunidad, "Combatir la corrupción para que florezca la esperanza"

Por iniciativa de la congresista Anel Townsend se reunieron parlamentarios y representantes de la sociedad civil con Monseñor Luis Bambaren, Presidente de la Misión por la Paz para adherirse al comunicado “Combatir la corrupción para que florezca la esperanza” y brindar su apoyo en la movilización que se está organizando.

Durante la reunión se acordó que como primera acción pública se realizará un plantón contra la impunidad frente al Palacio de Justicia el próximo miércoles 19 de julio al mediodía, ya que el 18 de julio se cumplirá un aniversario más del asesinato de 9 estudiantes y un profesor de la Universidad Enrique Guzmán (La Cantuta), crimen cometido por el grupo Colina que justamente era financiado gracias al desvío de fondos
organizado por Montesinos y Fujimori desde los institutos armados.

Se anunció, asimismo, que en otras fechas simbólicas para la democracia peruana se realizarán acciones públicas para la transparencia y contra la impunidad, tal es e caso, del 5 de agosto, fecha en la que se cumplen cinco años de la instalación de la Mesa de diálogo de la OEA para la recuperación de la democracia en el Perú. Así como el 28 de agosto cuando se cumplirán dos años de la entrega del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación.

Junto con la congresista Anel Townsend, participaron los parlamentarios Heriberto Benitez, Gloria Helfer, y Jorge Chavez Sibina así como Guillermo Benavente de la Conferencia Episcopal de Acción Social, Luis Sirumbal, de la Asociación Nacional de Centros, Francisco Soberón, Secretario Ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Rosa Huanca de la Confederación Campesina del Perú, Diana Miloslavich del Movimiento Amplio de Mujeres, Rosa Dueñas de la Red de Casas Refugio, Esther Moreno, ex alcaldesa de Independencia y Olenka Ochoa del Colectivo Mujeres por la gobernabilidad.

Presentaron dos Denuncias Constitucionales contra los magistrados de la Primera Sala Penal que excarcelaron a los hermanos Wolfenson

Siguiendo con la lucha anticorrupción los congresistas, Heriberto Benitez, Anel Townsend, Walter Alejos y Gloria Helfer presentaron dos denuncias constitucionales contra los magistrados Robinson Gonzales Campos, César Javier Vega Vega, José Maria Balcazar, Pastor Adolfo Barrientos Peña y Hugo Príncipe Trujillo, magistrados de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, quienes dispusieron la excarcelación de los hermanos Alex y Moisés Wolfenson.

La primera denuncia constitucional se presenta por la supuesta infracción a los artículos 138º y 2º inciso 2 de la Constitución Política del Perú, la que en su artículo 2º inciso 2 señala la igualdad ante la ley, que no solo significa tratar como igual a iguales, sino también de tratar desigual lo desigual. De tal modo que al ser desiguales en incidencias la detención preventiva con la detención domiciliaria también deben tener un tratamiento si bien en conjunto, pero diferenciados, puesto que unas personas por el mismo delito, podrán computar para una eventual condena el hecho de haber pasado el tiempo en su domicilio con quienes deben estar en cárcel.

“Esto significa que situaciones iguales deben tratarse como iguales y diferentes como diferentes. Sin embargo, la ley 28568 equipara como iguales dos situaciones diferentes, por lo que es contraria a la Constitución, resultando así una Ley inconstitucional, pues no se puede tratar como igual a dos situaciones diferentes”, sostuvo Townsend.

Además, el propio Tribunal Constitucional, ha señalado que “La detención domiciliaria supone una intromisión a la libertad menos gravosa, pues resulta una menor carga psicológica, debido a que no es lo mismo, permanecer por disposición judicial en el domicilio que en prisión, razón por la cual resulta a todas luces inconstitucional dar un tratamiento igual a situaciones desiguales.

Por otro lado la Constitución Política del Perú establece en el segundo párrafo del artículo 138º que en todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera. Igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior. Este es un mandato que los jueces tienen la obligación de cumplir.

De acuerdo a lo que señalan los medios de comunicación el viernes ultimo la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ordenó la excarcelación de los empresarios Alex y Moisés Wolfenson, quienes abandonaron el Penal para Reos Primarios, ex San Jorge, por haber cumplido la mitad de la condena de cinco años de prisión que se les impuso.

Dicha Sala Suprema aplicó la ley 28568 que computa los días de arresto domiciliario con los días de pena efectiva. Es decir aplicó una norma inconstitucional.

La Segunda denuncia constitucional se presentó por haber cometido grave delito contra la administración de Justicia (prevaricato) al dictar una resolución contraria al texto claro y expreso de la Ley ; y conforme a lo indicado en el artículo 418º del Código Penal podrían sufrir una pena de hasta cinco años de prisión. “Esta denuncia la hacemos en cumplimiento de la labor parlamentaria de luchar frontalmente contra la corrupción”, sostuvo Benitez.

Por su parte, la congresista Gloria Helfer manifestó que no basta arrepentirse del error cometido sino que se debe tomar las medidas necesarias para corregirlo.

Townsend y Benitez solicitaron a la Comisión de Ética del Congreso iniciar una exhaustiva investigación respecto a la sospechosa elaboración, extraña presentación y posterior adhesión de diversos congresistas a los proyectos de ley N° 12952/2004-CR y N° 13157/2004, los cuales estaban claramente destinados a favorecer a los responsables de graves delitos de corrupción

Finalmente, los congresistas también informaron que la demanda de inconstitucionalidad presentada el pasado ocho de julio al Tribunal Constitucional ya fue admitida para su tramite e hicieron un llamado al Presidente del Congreso de la República para que responda de inmediato al Tribunal Constitucional con el objetivo de que en el más breve plazo se realice la audiencia pública del caso.